Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Octubre de 1997, C. 615. XXXIII

Fecha31 Octubre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R., D. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria.

S.C. COMP. 614, L.XXXIII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

La Cámara Segunda del Trabajo, de Paz y Tributaria, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Martín, Provincia de Mendoza y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, discrepan en torno a la radicación definitiva del presente juicio.

La causa fue iniciada ante el juzgado provincial, cuyo titular remitió al nacional, donde se halla radicada la quiebra de "Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C.", por aplicación del principio del fuero de atracción establecido en el artículo 132 de la ley 24.522, remisión que fue resistida por este último.

En tales condiciones se suscita un conflicto jurisdiccional, que corresponde resolver a V.E., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24, inciso 7°, del decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708, al no existir un tribunal superior común a ambos órganos judiciales en conflicto.

La mencionada contienda de competencia negativa, guarda sustancial analogía con la suscitada en los autos "G.A. c/ Estrella de Mar S.A. s/ laboral", Comp. 110, L.XXXII, en los que recayó sentencia el día 3 de diciembre de 1996, en la cual V.E. acordó con los fundamentos dados en el dictamen de esta Procuración General, a cuyos términos y consideraciones cabe remitirse en lo pertinente para evitar reiteraciones innecesarias.

Por ello, opino que la causa deberá quedar radicada ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, donde tramita la quiebra de la demandada en autos.

Buenos Aires, 23 de octubre de 1997.

NICOLAS EDUARDO BECERRA

Competencia N° 614. XXXIII. y otros.

R., D. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria.

Buenos Aires, 31 de octubre de 1997.

Autos y Vistos: "'R., Domingo c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 615 'R., M. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 616 'C., A. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 617 'G., L. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 618 'Herrera, B.A. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 619 'Sosa, A.E. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 620 'D., C.P. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 625 'B.R., R. y otros c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 626 'P., D. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 627 'V., R.O. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 628 'R., A.H. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 629 'Tobares, M. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 630 'Coria, A.A. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 631 'M., C.R. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'; Competencia N° 632 'Choque, T. c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria'", todas del libro XXXIII.

De conformidad con lo dictaminado por el señor P. General, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, al que se le remitirán. H. saber a la Cámara Segunda del Trabajo, de Paz y Tributaria, de la Tercera Circunscripción Judicial, S.M., Provincia de Mendoza. Agréguese la presente resolución a la Competencia N° 614.XXXIII "R., Domingo c/ Bodegas y Viñedos Gargantini S.A.I.C. p/ ordinaria", y copia de la misma a cada una de las causas arriba mencionadas. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V..

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