Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Octubre de 1997, G. 419. XXXIII

Fecha14 Octubre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 419. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

G., L.M. c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

Buenos Aires, 14 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por R.J.B. en la causa G., L.M. c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, según doctrina del Tribunal, el remedio federal subsidiariamente interpuesto resulta inadmisible (Fallos: 308:198; causas: A.294.XXIII. "Aenlle, J.A. c/M., J.G. y otros s/ sumario - daños y perjuicios", del 5 de marzo de 1991; R.342.XXIII. "R.S., F. s/ incidente de excepción de falta de personería", del 11 de junio de 1991; L.71.XXIV.

"L., O.J. y otros c/ Transportes y Servicios del Oeste S.R.L. y otro", del 28 de abril de 1992; entre otros).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 24. N. y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V..

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