Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Octubre de 1997, C. 564. XXXIII

Fecha07 Octubre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 564. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

Corporación General de Alimentos s/ recurso de queja por apelación denegada en expediente N° 2408-19.093/68 Alcance N° 36.

Buenos Aires, 7 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Corporación General de Alimentos en la causa Corporación General de Alimentos s/ recurso de queja por apelación denegada en expediente N° 2408-19.093/68 Alcance N° 36", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no es el tribunal superior según el art. 14 de la ley 48 (Fallos: 308:490; 311:2478).

Por ello, se desestima la queja. Intímase a la recurrente a que, dentro del quinto día, haga efectivo el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con la acordada 28/91, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y como perteneciente a estas actuaciones, bajo apercibimiento de ejecución. N. y remítase. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR