Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Octubre de 1997, S. 11. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 11. XXXII.

RECURSO DE HECHO

S.S.A.I. y C. c/ Provincia de Buenos Aires - Dirección de Vialidad.

Buenos Aires, 3 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Sacoar S.A.I. y C. c/ Provincia de Buenos Aires - Dirección de Vialidad", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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