Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Julio de 1997, K. 77. XXXII

Fecha15 Julio 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 77. XXXII.

RECURSO DE HECHO

K., N.A. s/ calumnias e injurias -causa n° 23.203-. Buenos Aires, 15 de julio de 1997.

Autos y Vistos:

Con relación a la regulación de honorarios solicitada por el doctor P.T. a fs. 782, procede diferirla hasta tanto se dicte nuevo pronunciamiento como así también se regulen y queden firmes los correspondientes a las instancias de grado.

Respecto al pedido relativo a individualizar quién debe satisfacer los honorarios, hágase saber al doctor P.T. que los autos regulatorios resuelven únicamente sobre el monto de las sumas con que la tarea profesional debe ser remunerada, pero nada fijan sobre el derecho a percibirlas, ni nada anticipan sobre la procedencia y forma de su cobro. N. y devuélvanse.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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