Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Mayo de 1997, P. 150. XXXIII

Fecha13 Mayo 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 150. XXXIII.

P., A.R. s/ incidente de excarcelación.

Buenos Aires, 13 de mayo de 1997.

Autos y Vistos; Considerando:

Que, en atención a la certificación efectuada a fs. 75, resulta de aplicación al caso la doctrina de esta Corte según la cual sus sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión (confr.

Fallos: 301:947; 306:1781, entre muchos otros). En ese sentido, la desaparición del gravamen en que el recurso se sustentó -ya que el pedido de excarcelación fue apelado una vez firme la sentencia condenatoria del a quo- torna inoficioso su tratamiento.

Por ello, así se declara. H. saber y devuélvase.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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