Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Mayo de 1997, C. 926. XXXII

Fecha06 Mayo 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 926. XXXII.

RECURSO DE HECHO

C.C., J.A. s/ calumnias e injurias -Causa N° 20.028-. Buenos Aires, 6 de mayo de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.A.C.C. en la causa C.C., J.A. s/ calumnias e injurias -Causa N° 20.028-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V..

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