Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 1997, E. 66. XXXII

Fecha18 Febrero 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 66. XXXII.

ORIGINARIO

Empresa Distribuidora Sur S.A. (Edesur S.A.) c/ Buenos Aires, Provincia de (Dirección Provincial de Rentas) s/ acción declarativa.

Buenos Aires, 18 de febrero de 1997.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 245/247 EDESUR S.A. plantea recurso de reposición contra la decisión recaída a fs. 241/244, por medio de la cual se denegó la medida cautelar solicitada a fs. 229 y siguientes.

  2. ) Que en esta instancia del proceso el Tribunal no encuentra mérito para revocar la decisión del 10 de diciembre de 1996, por la que se rechazó la prohibición de innovar tendiente a que la Provincia de Buenos Aires "se abstenga de determinar, aplicar y/o perseguir el cobro de las percepciones del impuesto a los ingresos brutos establecidas por las Disposiciones Normativas B 38/95 y B 41/95 sobre las facturas emitidas por Edesur S.A. por la prestación del servicio público de electricidad" (ver fs.

    229 del escrito de demanda).

  3. ) Que los argumentos desarrollados al interponer el recurso no desvirtúan las razones que tuvo en cuenta el Tribunal para desestimar la medida. En efecto, en el estrecho marco de conocimiento que ofrece el examen de una cautelar, no se considera configurado en el sub lite la verosimilitud del derecho invocado.

  4. ) Que respecto a lo expresado en el punto d) del escrito a despacho se agrega que, como ya se puso de resalto en la decisión que se recurre, esta Corte tiene sentado que la acción declarativa no excluye necesariamente el cobro

    - compulsivo que la demandada estaría habilitada a intenpor las vías procesales que considere pertinentes (Fas: 310:606).

    Por ello se resuelve: No hacer lugar al recurso de repoión interpuesto a fs. 245/247. N.. EDUARDO MOLINE ONNOR -CARLOS S. FAYT- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-GUSTAVO A.

    SERT - ADOLFO R.V..

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