Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 1997, M. 1859. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1951. XXXII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

Casco, J. c/ Astilleros Argentinos Río de la Plata S.A.

Buenos Aires, 6 de febrero de 1997.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas: 'Casco, J. c/ Astilleros Argentinos Río de la Plata S.A.'; M.1859.XXXII. 'M., V.H. c/ Empresa Social de Energía de la Provincia de Buenos Aires S.A.'; P.1482.XXXII. 'P., J.M. c/ Disprosur S.R.L.'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. H. saber y, oportunamente, archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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