Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 1997, S. 1437. XXXII

Fecha06 Febrero 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 1056. XXXII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina c/ Radiodiagnóstico S.A.

Buenos Aires, 6 de febrero de 1997.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas 'Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina c/ Radiodiagnóstico S.A.'; F. 591. 'F., E. y otros c/ Frigorífico Meatex S.A.'; S.1437. 'Sosa, A.R. c/ Empresa Nacional de Correos y Telégrafos' y T.559. 'T., J.R. c/ Municipalidad de San Salvador de Jujuy'", todos del libro XXXII, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. D. perdido el depósito de fs. 1 en la causa F.1056.XXXII. H. saber y, oportunamente, archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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