Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 1996, B. 1675. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1675. XXXII.

RECURSO DE HECHO

B., J.L. s/ lesiones culposas -causa n° 17.685-. Buenos Aires, 27 de diciembre de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor de J.O.Z. en la causa B., J.L. s/ lesiones culposas -causa n° 17.685-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI -GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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