Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 1996, P. 806. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 806. XXXII.

P., J.C. c/M. y Frigorífico Antártico S.A. s/ accidente ley 9688.

Buenos Aires, 10 de diciembre de 1996.

Vistos los autos: "P., J.C. c/M. y Frigorífico Antártico S.A. s/ accidente - ley 9688".

Considerando:

Que la cuestión planteada en el recurso extraordinario guarda sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa C.818.XXVI "C., E.M. c/ El Indígena S.R.L.", sentencia del 23 de febrero de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada.

Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. G. copia del fallo al que se hace referencia. N. y remítase.

JULIO S. NAZARENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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