Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 1996, D. 814. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 814. XXXII.

RECURSO DE HECHO

Deutz Argentina S.A. c/ Dirección General Impositiva.

Buenos Aires, 5 de noviembre de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Deutz Argentina S.A. c/ Dirección General Impositiva", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 31. N. y oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT.

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