Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Mayo de 1996, R. 158. XXXII

Fecha16 Mayo 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 158. XXXII.

PVA Rondano, M.A.N. s/ solicitud de hábeas corpus.

Buenos Aires, 16 de mayo de 1996.

Autos y Vistos; Considerando:

Que los recursos de hábeas corpus son extraños a la competencia originaria del Tribunal, reglada por el art.

117 de la Constitución Nacional, lo que así se declara (Fallos: 305:1931 y 2281; 306:515 y 308:719 y 1931). H. saber y remítase a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal con el fin de que, mediante el procedimiento de práctica, dé intervención al tribunal que deberá resolver la petición de fs. 1/206.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V..

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