Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Mayo de 1996, V. 458. XXXI

Fecha07 Mayo 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

VARANZUELA, S.O. S/ LIBERTAD CONDICIONAL S/ RECURSO ART. 445 BIS.

DEL C.J.M. (CAUSA N° 250).

S.C.V.458.XXXI.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

La lectura de las actuaciones permite advertir que tanto los fundamentos que sustentan la resolución apelada como los agravios invocados por el recurrente, guardan sustancial analogía con aquellos expuestos en la causa G.550.XXVII. in re: "G., A. s/ irregularidadesen el Batallón Inteligencia 601 A.D.P. s/ art. 445 bis del C.J.M. - causa N° 50", en la que he dictaminado el 28 de septiembre de 1994, motivo por el cual doy por reproducidas, en lo pertinente, las razones allí vertidas, a las que me remito en beneficio de la brevedad.

En consecuencia, desisto de la presente queja.

Buenos Aires, 30 de abril de 1996.

NICOLAS AGÜERO ITURBE

V. 458. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Varanzuela, S.O. s/ libertad condicional s/ recurso art. 445 bis del C.J.M. (causa N° 250).

Buenos Aires, 7 de mayo de 1996.

Autos y Vistos:

En atención a lo manifestado por el señor P. General en el dictamen que antecede, tiénese por desistido el recurso interpuesto por el señor Fiscal de Cámara a fs. 10/11 vta. H. saber y archívese. JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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