Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 1996, L. 643. XXXI

Fecha26 Marzo 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 643. XXXI.

RECURSO DE HECHO

L., R.R. c/ Estado Nacional (Estado Mayor General del Ejército).

Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inciso 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin Buenos Aires, 26 de marzo de 1996. que la parte haya activado el trámite, corresponde declarar Autos y Vistos:

la caducidad de la instancia extraordinaria.

Habida cuenta de que desde la última actuación del oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -CARLOS S. FAYT -ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

Por ello, se declara caduca la instancia. N. y,

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