Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 1996, C. 512. XXXI

Fecha06 Febrero 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.C. COMP.512.XXXI.

EDESUR S.A. s/ denuncia de hurto de energía eléctrica.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

La presente contienda negativa de compentncia suscitada entre los titulares del Juzgado Federal N° 3 de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y del Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 10 del Departamento Judicial de Lomas de Z., de la misma provincia, guarda sustancial analogía con la resuelta por V.E. en los autos "Edesur S.A. s/ denuncia del hurto de energía eléctrica" (Competencia N° 302. XXXI.) del 15 de septiembre pasado, motivo por el cual doy por reproducidas, en lo pertiente, las razones allí vertidas, a las que me remito en beneficio de la brevedad.

En consecuencia, opino corresponde a la justicia provincial entender en estas actuaciones.

Buenos Aires, 30 de noviembre de 1995.

Competencia N° 512. XXXI.

Edesur s/ hurto de energía eléctrica.

Buenos Aires, 6 de febrero de 1996.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión debatida en la presente contienda de competencia es análoga a la resuelta el 5 de octubre de 1995 en la Competencia N° 302.XXXI. "Edesur S.A. s/ denuncia hurto", a cuyos términos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador General, se declara que deberá continuar entendiendo en las presentes actuaciones, el Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 10 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá.

  1. copia del precedente citado y hágase saber al Juzgado Federal N° 3 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTA- VO A. BOSSERT.

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