Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 1995, A. 405. XXXI

Fecha19 Octubre 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 405. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Arena de Días, G.E. c/ Philco Ushuaia S.A.

Buenos Aires, 19 de octubre de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Arena de Días, G.E. c/ Philco Ushuaia S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT.

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