Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Agosto de 1995, C. 75. XXXI

Fecha24 Agosto 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 75. XXXI.

RECURSO DE HECHO

C., Domingo Alfredo c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

Buenos Aires, 24 de agosto de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Costa, Domingo Alfredo c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N. y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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