Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Agosto de 1995, B. 504. XXIV

Fecha10 Agosto 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 504. XXIV.

Banco Los Pinos Cooperativo Limitado s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito por Musella, V.R..

Buenos Aires, 10 de agosto de 1995.

Vistos los autos: "Banco Los Pinos Cooperativo Limitado s/ incidente de verificación de crédito por M., V.R.".

Considerando:

Que la doctrina de esta Corte en el precedente "L." (Fallos: 310:2200) fue revisada en la causa M.28.

XXIV. "M.S.A.C.. Financiera s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito promovido por L., F.L.", del 6 de abril de 1993, en la que se estableció que los créditos que gozan de la preferencia asignada por el art. 264 de la ley 19.551 no resultan pospuestos por el privilegio reconocido por el art. 54 de la ley 22.529 en favor del Banco Central de la República Argentina.

Que la conclusión antecedente no encuentra obstáculo en la sanción del decreto 2075/93, que se refiere exclusivamente a la graduación de los créditos del Banco Central, cuestión que resulta ajena a la debatida en el sub lite.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario deducido y se confirma la sentencia apelada.

Costas en el orden causado, en razón al cambio de criterio consagrado a partir del precedente "Maquillán" (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

N. y, oportu

namente, devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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