Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 1995, P. 457. XXI

Fecha18 Julio 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 457. XXI.

Promenade S.R.L. c/ Municipalidad de San Isidro.

Buenos Aires, 18 de julio de 1995.

Autos y Vistos:

Teniendo en cuenta la labor desarrollada a fs.

1426/1470 y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 14 y 22 de la ley 21.839, se regulan los honorarios del doctor M.P. en la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000) y los de los doctores E.O. doP., Guillermo F.

Repetto Peláez y A.R. Ahumada en la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000), en conjunto. N. y vuelvan los autos a despacho. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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