Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Junio de 1995, E. 264. XVIII
Fecha | 29 Junio 1995 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
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264. XVIII.
ORIGINARIO
El Inca de Hughes S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjucios.
Buenos Aires, 29 de junio de 1995 Autos y Vistos:
En atención a lo solicitado, discrimínanse los honorarios regulados a los doctores N.B., H.R.Z., H.O.P. y E.A.M. en la sentencia dictada el 11 de agosto de 1987 en el sentido que de la suma allí consignada les corresponden el 61,5%, el 37%, el 1% y el 0,5%, respectivamente (arts.
37 y 38 ley 21.839). N.. CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.
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LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT.
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 1999, V. 82. XXXIV
...al ponderar la incidencia de hipótesis teóricas en la estimación de los daños (doctrina de Fallos: 307:1515, considerando 10; id. E.264.XVIII "El Inca de Hughes S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios", sentencia del 11 de agosto de 1987, considerandos 7° y 15) Que, a los......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 1999, V. 82. XXXIV
...al ponderar la incidencia de hipótesis teóricas en la estimación de los daños (doctrina de Fallos: 307:1515, considerando 10; id. E.264.XVIII "El Inca de Hughes S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios", sentencia del 11 de agosto de 1987, considerandos 7° y 15) Que, a los......