Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Mayo de 1995, C. 1113. XXVIII

Fecha16 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1113. XXVIII.

RECURSO DE HECHO

C., N.J. c/ Transportes Perpen S.A. y Aries Compañía Argentina de Seguros S.A.

Buenos Aires, 16 de mayo de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por N.J.C. en la causa C., N.J. c/ Transportes Perpen S.A. y Aries Compañía Argentina de Seguros S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa: V.262.XXIV. "V., H.A. c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Loma Verde y otro", pronunciamiento del 16 de diciembre de 1993, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se deja sin efecto la sentencia con el alcance indicado. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva con arreglo a la presente. Agréguese la queja al principal con copia del pronunciamiento a que se hace referencia, hágase saber y, oportunamente, remítase. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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