Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Mayo de 1995, R. 73. XXIX

Fecha16 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 73. XXIX.

RECURSO DE HECHO

Ramapin S.A. c/ Provincia de Buenos Aires.

Buenos Aires, 16 de mayo de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por S.S.A. en la causa Ramapin S.A. c/ Provincia de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, se dirige contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que desestimó la demanda por daños y perjuicios en razón de su improcedencia formal.

Que habida cuenta de que las decisiones de esta Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento del pronunciamiento, cabe advertir que la cuestión planteada se ha tornado inoficiosa, atento lo resuelto por esa Suprema Corte de Justicia el 5 de julio de 1994, al dejar sin efecto la sentencia impugnada por medio de la apelación federal (confr. fs. 58 de los autos principales).

Por ello, se declara actualmente inoficioso el pronunciamiento del Tribunal en la causa, lo que determina la desestimación de la queja. R. el depósito de fs. 36.

N., devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - ANTONIO BOGGIANO.

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