Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Mayo de 1995, A. 121. XXXI

Fecha04 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 121. XXXI.

PVA Arenas, J.A. s/ su recurso de hábeas corpus en la causa n° 985/91.

Buenos Aires, 4 de mayo de 1995.

Autos y Vistos: Considerando:

Que los recursos de hábeas corpus son extraños a la competencia originaria del Tribunal, reglada por el art.

117 de la Constitución Nacional, lo que así se declara (Fallos: 305:1931 y 2281; 306:515 y 308:719 y 1931). H. saber y remítase a la Cámara Federal de Apelaciones de Misiones a fin de que, mediante el procedimiento de práctica, dé intervención al tribunal que deberá resolver la petición de fs. 1/2. C.S.F. -A.C.B. -A.B. -G.A.F.L. -G.A.B..

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