Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2012, B. 966. XLVI

Sentido del falloINTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 966. XLVI.

RECURSO DE HECHO B., B.;Mabel y otros c/ Estado Nacional y Caja Nacional de Ahorro y Seguro en liquidación s/ seguro de vida obligatorio.

Buenos Aires, 17 de abril de 2012 Autos y Vistos; Considerando:

Que el pedido de revocatoria de la parte actora respecto de la resolución de Secretaría por la que se intimó a dicha parte a realizar el depósito del art.

286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, reitera un supuesto sustancialmente análogo al resuelto por el Tribunal en la causa “T.”, a lo cual cabe remitir en razón de brevedad (Fallos:

329:5789; en igual sentido: S.164.XLV recurso de hecho “Siraco, E. y otros c/ Estado Nacional y Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación)” —sentencia del 6 de octubre de 2009— y O.234.XLV recurso de hecho “O., A. y otros c/ Estado Nacional y Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ seguro de vida obligatorio”; R.485.XLV recurso de hecho “Ronda, E.B. y otros c/ Estado Nacional y Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) s/ seguro de vida obligatorio” y R.466.XLV recurso de hecho “Richotti, R.A. y otros c/ Estado Nacional y Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) s/ seguro de vida obligatorio” - sentencia del 6 de abril de 2010).

Que la petición del beneficio de litigar sin gastos a raíz de la interposición de un recurso de queja por apelación-1-

denegada, no puede ser radicada ni sustanciada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pues comporta un procedimiento de índole ajena a su competencia y propio de los jueces de la causa (Fallos: 329:4355 y sus citas).

Por ello, se desestima lo peticionado y se intima a la recurrente a cumplir con el citado depósito en el término de cinco días, bajo apercibimiento de rechazar la queja.

Hágase saber. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de revocatoria interpuesto por el Dr. M.;Scarimbolo, en representación de la parte actora.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR