Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2012, A. 826. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 826. XLVII.

RECURSO DE HECHO A., R.A. c/ Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo.

Buenos Aires, 17 de abril de 2012 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de R.;Alberto Abdala en la causa A., R.A. c/ Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la actora (A., R.A., con el patrocinio letrado del Dr. Mario L. Coriolano (Defensor Oficial de Casación de la provincia de Buenos Aires). Tribunal de origen: Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires Tribunales intervinientes con anterioridad:

Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata; Juzgado Correccional nº 3 de Dolores. -1-

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