Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Abril de 2012, D. 587. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha10 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 587. XLVI.

RECURSO DE HECHO Dirección General de Defensa del Consumidor y Protección de Derechos c/ Advance-Speedy de Telefónica Argentina S.A. s/ contencioso administrativo.

Buenos Aires, 10 de abril de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por Telefónica de Argentina S.A. en la causa Dirección General de Defensa del Consumidor y Protección de Derechos c/ Advance-Speedy de Telefónica Argentina S.A. s/ contencioso administrativo”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs.

109.

N. y, oportunamente, archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por Telefónica de Argentina S.A., demandada en autos, representada por el doctor A.;Medrano en calidad de apoderado.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Trelew – Sala A. -1-

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