Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Marzo de 2012, M. 1079. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha27 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1079. XLVII.

RECURSO DE HECHO M., C.;Alberto s/ causa n° 14.359.

Buenos Aires, 27 de marzo de 2012 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de C.;Alberto Mulhall en la causa M., C.A. s/ causa n° 14.359

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. R.;LUIS LORENZETTI -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Dr. J.C.S. (h) Defensor Oficial de C.;Alberto Mulhall. Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal. Tribunal que interviene con anterioridad:

Cámara Federal de Apelaciones de Salta. -1-

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