Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2012, C. 964. XLVII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha20 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 964. XLVII.

B., A. y V., J.G. s/ coacción agravada, portac. ilegal, arma de guerra, privac. ilegal de la lib. agravada, portación ilegal de arma.

Buenos Aires, 20 de marzo de 2012 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado de Garantías nº 3, del Departamento Judicial de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá.

Hágase saber al Juzgado Federal nº 3 con asiento en la ciudad mencionada. R.;LUISL. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2012/ECasal/febrero/B_Comp_964_L_XLVII.pdf Privación ilegal de la libertad - Portación de arma de fuego de uso civil - Portación de arma de guerra - Competencia ordinaria -2-

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