Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, L. 217. XLVII

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 217. XLVII.

La Martona Vicente Casares S.A. s/ quiebra.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Vistos los autos:

La Martona Vicente Casares S.A. s/ quiebra

.

Considerando:

Que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa “Flores de M., M.C. c/ Zangari, A.” (Fallos:

333:1264) a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario planteado y se deja sin efecto la sentencia apelada. Costas por su orden en virtud de las particularidades de la relación jurídica sobre la que versaron las actuaciones (artículo 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y remítanse los autos al tribunal de origen con copia del precedente mencionado a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a la doctrina establecida en el aludido precedente. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUANC.;MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por: el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Dr. M.;R. Marino, en su carácter de apoderado, con el patrocinio letrado de los Dres. A.;Aníbal Alterini, J.;Eduardo Berreta y A.;Filippini. Traslado contestado por: G.;José Faletty, en su carácter de síndico, con el patrocinio letrado del Dr. O.;José Pezzana. -1-

Tribunal de origen:

Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 15. -2-

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