Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, D. 438. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 438. XLVII.

De Gaudenzi, C.J. c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Vistos los autos:

De Gaudenzi, C.J. c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561

.

Considerando:

Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48), en tanto versa sobre cuestiones susceptibles de ser nuevamente planteadas ante los jueces de la causa.

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.

Con costas. N. y devuélvase. E.;SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Producción, representado por el Dr. R.;Eduardo Yamone. Contestó el traslado:

la actora, representada por el Dr. G.A.S.. Tribunal de origen:

Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 12. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR