Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, C. 1144. XLVII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 1144. XLVII.

G., D. s/ lesiones culposas.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la Competencia Nº 383.XLVII “L., E.;Antonio s/ sentencia”, sentencia del 5 de julio de 2011, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.;Fiscal, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado de Garantías nº 2, del Departamento Judicial de Dolores, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá.

A. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Correccional nº 1.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2012/GWarcalde/febrero/G_Comp_1144_L_XLVII.pdf http://www.mpf.gov.ar/dictamenes//2011/gw/junio/l_eduardo_comp_383_l_xlvii.pdf Lesiones -2-

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