Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, C. 606. XLVII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 606. XLVII.

Z., M.;Susana s/ denuncia.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente incidente, al Juzgado de Garantías nº 6 del Departamento Judicial de La Plata, provincia de Buenos Aires, a sus efectos.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 8.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI -C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/GWarcalde/octubre/Z_Maria_Comp_606_L_XLVII.pdf Robo - Correspondencia - Cheque - Juez que previno -2-

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