Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, A. 1331. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1331. XLVII.

RECURSO DE HECHO Automóviles Surauto S.A. c/ Honda Motor de Argentina S.A. s/ beneficio de litigar sin gastos.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Automóviles Surauto S.A. c/ Honda Motor de Argentina S.A. s/ beneficio de litigar sin gastos”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Que toda vez que la actora actúa con beneficio de litigar sin gastos concedido en un 50%, corresponde la devolución de la mitad del depósito efectuado a fs. 2.

Por ello, se desestima la queja. R. la mitad del depósito de fs.

  1. N. y, oportunamente, archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de queja interpuesto por la actora, representada por el Dr. L.A.;Palomino. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.;C.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 23. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR