Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2012, V. 417. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 417. XLVI.

RECURSO DE H.V., I. y otros s/ homicidio en ocasión de robo —causa nº 20.057—. Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de I.V. en la causa V., I. y otros s/ homicidio en ocasión de robo —causa nº 20.057—", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día de notificado efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por A.H.B., Defensor General de la provincia del Chubut, en representación de I.;Emeterio Vergara. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Chubut. Tribunales que intervinieron anteriormente: Cámara en lo Criminal de la ciudad de Puerto Madryn. -1-

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