Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2012, S. 710. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 710. XLVI.

RECURSO DE HECHO Sfulcini, C.;Antonio s/ causa n° 11.798.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por C.A.;Sfulcini en la causa Sfulcini, C.;Antonio s/ causa n° 11.798

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. (según su voto)- E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).

ES COPIA VO-1-

S. 710. XLVI.

RECURSO DE HECHO Sfulcini, C.;Antonio s/ causa n° 11.798.

TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES D.;JUAN CARLOS MAQUEDA Y DOÑA CARMEN M. ARGIBAY Considerando:

Que el recurso de hecho ha sido deducido extemporáneamente (artículos 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y archívese, previa devolución de los autos. JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por C.A.S., con la asistencia letrada del Defensor Oficial ante esta Corte, Dr. J.;Langevin. Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. -3-

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR