Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Febrero de 2012, P. 669. XLVI

Sentido del falloREVOCA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha28 Febrero 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
Localizador335:115

P. 669. XLVI.

Petrobras Energía SA (TF 24.098-A) c/ DGA.

Buenos Aires, 28 de febrero de 2012 Vistos los autos:

Petrobras Energía SA (TF 24.098-A) c/ DGA

.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI -C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA Interpone recurso extraordinario interpuesto: Petrobras Energía SA, representada por el Dr. J.;Patricio Cotter. Traslado contestado por la Dirección General de Aduanas, representada por la Dra. S.;Noemí Costas. Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/monti/may/4/petrobras_energia_p_669_l_xlvi.pdf Infracciones aduaneras - Exportación - Petróleo - Multas -2-

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