Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Febrero de 2012, N. 179. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha28 Febrero 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 179. XLVII.

N.S.A. c/ Municipalidad de Río Cuarto – demanda contenciosa administrativa – plena jurisdicción s/ recurso de casación.

Buenos Aires, 28 de febrero de 2012 Vistos los autos:

Nidera S.A. c/ Municipalidad de Río Cuarto – demanda contenciosa administrativa – plena jurisdicción s/ recurso de casación

.

Considerando:

Que en el recurso extraordinario se plantea una cuestión insustancial, en tanto la sentencia del a quo sigue la consolidada jurisprudencia de esta Corte respecto de los recaudos exigibles para la validez constitucional de los tributos locales (confr. causa “Laboratorios Raffo S.A. c/ Municipalidad de Córdoba”, Fallos:

332:1503 y sus citas, así como los casos fallados mediante remisión a dicho precedente).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.

Con costas. N. y devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por: la Municipalidad de Río Cuarto, demandada en autos, representada por el Dr. H.;Eduardo Villegas Ninci, en calidad de apoderado, con el patrocinio letrado del Dr. J.;Bernardo AguirreM.. Traslado contestado por N.S.A., representada por las Dras. R.I.C. y M. de los Ángeles Ficco. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba – Sala Contencioso Administrativa. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativa de Segunda Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial con sede en Río Cuarto. -1-

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