Sentencia nº 46076 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 19 de Mayo de 2000

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2000
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. N§ B- 46076/99, caratulado: "EJECUCION PRENDARIA: BANCO PROVINCIA DE JUJUY- ENTE RESIDUAL C/ M.R.M. ", de los que = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = = = = = = = = = Que, a fs. 14 se presenta el Dr. G.R.J., con el patrocinio letrado de la Dra. M.F.M., en nombre y representaci¢n del BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY- ENTE RESIDUAL, a m‚rito del Poder General para juicios obrante a fs. 1/10 a iniciar juicio de Ejecuci¢n Prendaria en contra de M.R.M. por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS DIEZ con TRECE CENTAVOS ($ 2.510,13), con m s intereses y costas. Expresa que la deuda surge del Contrato de Prenda con Registro que rola a fs. 10/13, suscripto por el mismo.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, librado los mandamiento de pago y ejecuci¢n, en contra del accionado, a la fecha no opuso excepciones que impidan el progreso de la acci¢n planteada.- - - - - - - = = = La actora, solicita se se dicte sentencia, Y - - - = = = = = = = = = C O N S I D E R A N D O : = = = = = = = = = = = Que, citada de remate la parte demandada, ‚sta no se present¢ a oponer excepciones leg¡timas dentro del plazo previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha,por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que la actora ha solicitado en tiempo habil, los intereses correspondientes desde el vencimiento de cada documento hasta su efectivo pago. - - - - - - - - - - - - - = = = Que, oportunamente se ha corrido traslado a la accionada de tal petici¢n a los fines de que la misma pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes. - - - - = = = Que, con respecto a los intereses solicitados por la actora y no existiendo en la Ley 23.928 (Ley de Convertibilidad del Austral), cl usula alguna que impida la aplicaci¢n de intereses al capital original adeudado, la misma solicita se aplique el inter‚s pactado en el Contrato de Prenda con Registro que rola a fs. 10/13, el juzgado lo considera procedente aplicar los intereses pactados (L.A.n§ 37 -F 1184/1188- N§538, desde la mora y hasta su efectivo pago. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, en cuanto a las costas, considero de aplicaci¢n lo normado en el Art. 102 del C.P.C., que manda imponerla a la vencida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, para la regulaci¢n de los honorarios profesionales del letrado interviniente, es de aplicaci¢n la...

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