Sentencia nº 51742 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 30 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

AUTOS Y VISTOS:

Los de este Expte. A-51.742/91 caratulado: "SUCESORIO: M.R.G..-". Del que:

RESULTA:

Que, a fs. 39 obra declaratoria de herederos, en la que se declara como tales a: V.A.G. (esposo) y V.A.G. (h), J.M.G. y R.M.D.G. (hijos).-

Que, a fs. 40 se realiza la audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C., recayendo la designación de P.I., Avaluador y Partidor de la presente sucesión en el Dr. V.A.G. (h), quien acepta el cargo a fs. 40 vlta. de autos.-

Que, a fs. 228/235 obra Inventario y A. de los bienes que integran el acervo hereditario de autos, a fs. 291/297 y fs. 317/320 obran ampliaciones de inventario, a fs. 488 presenta rectificación de inventario y a fs. 441/457 cuenta particionaria y adjudicación de los mismos, las cuales son aprobadas a fs. 330, 338 y 354.-

Que a fs. 244 se presenta el Dr. J.L.A. como apoderado del Dr. J.M.G. formulando algunas consideraciones con relación al inventario presentado en autos.-

Que a fs. 358 se ordena el pase a la Dirección Provincial de Rentas, informando la misma a fs. 382 que la deuda en concepto de Tasa de Justicia ha sido regularizada mediante el régimen de facilidades de pago.-

Que, por todo ello éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la provincia de Jujuy:

RESUELVE:

  1. Aprobar la cuenta particionaria de fs 441/457 y la rectificación de inventario de fs. 488, en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros.-

  2. Atento a lo informado por la Dirección Provincial de Rentas (fs. 382), SOBRESEESE el presente juicio Sucesorio de la Sra. M.R.G., en favor de los herederos declarados a fs. 39 de autos: su cónyuge supérstite V.A.G. y sus hijos: V.A.G. (h), J.M.G. y R.M.D.G., a quienes se les reconoce la posesión de la herencia en las proporciones de Ley.-

  3. Tener a los S.. V.A.G. (h), J.M.G. y R.M.D.G. por cesionarios de los derechos y acciones hereditarios que le correspondían en la presente sucesión al Sr. V.A.G. a mérito de la Escritura Pública N° 111 de cesión de derechos y acciones hereditarios de fecha 16 de Julio de 1.998, pasada por ante la Escribana Pública Autorizante S.L.A., titular del Registro N° 4 que corre a fs. 171 de autos y de la Escritura N° 82 de Partición Parcial de Herencia otorgada por los Sres. V.A.G. (P), V.A.G., R.M.D.G. y J.M.G., de fecha 24 de Agosto del año 2.004, pasada por ante

    la Escribana Escribana Pública Autorizante S.L.A., titular del Registro N° 4 que corre a fs. 459/461 de autos.-

  4. ADJUDICAR a los S.. V.A.G. (h),...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR