Sentencia nº 84972 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala I de Provincia de Jujuy, de 20 de Mayo de 2003

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2003
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala I

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente expte nºB-84972/02- caratulado: "CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO DE BIENES Y PRUEBA: B., EMILIANO y ZERPA, FRAGIDES c/ PARADA, L.A. " y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO - - - - - - - - - - - - Que vienen estos obrados en virtud del convenio a que arribaron las partes y que da cuenta el escrito de fs.109/111.-

Que no existiendo impedimento alguno corresponde ordenar la homologación transcribiendose textualmente el mismo como formando parte de la resolución respectiva: " Entre BURGOS Emiliano D.N.I.Nº 8.194.351 y ZERPA Frágides D.N.I.Nº 5.329.242, cónyuges, con domicilio real en J.M. de Rosas 1067- Barrio San Francisco de Alava- San Salvador de Jujuy, representados en este acto por su Apoderada la Dra. B., M.L.- M.P. 1256, constituyendo domicilio legal en Av. Fascio 912- San Salvador de Jujuy, en adelante LOS RECLAMANTES.- La CAJA DE SEGUROS S.A. con domicilio real en Fitz Roy 957- Capital Federal, donde también lo constituye legal, en adelante LA CAJA, representada en este acto por el Dr. S.J.C.D.N.I.Nº 07.969.696.-YC.R.A. accidente de tránsito ocurrido el día 16 del mes de febrero del año 2001, en la rotonda de Av. La Bandera intersección de las Avenidas Gral Savio y Av. El Exodo, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, del que participara el vehículo marca Mitsubishi, patente BWV 433, propiedad de PARADA L.A., conducido en la emergencia por él mismo, vehículo este asegurado en LA CAJA DE SEGUROS S.A. y el automóvil marca Fiat 1600, patente VLU 504, propiedad de Z.F., conducido en la emergencia por BURGOS Emiliano, del que resultaran lesionados/damnificados LOS RECLAMANTES.- LAS PARTES MANIFIESTAN HABER LLEGADO AL SIGUIENTE ACUERDO TRANSACCIONAL: 1) LOS RECLAMANTES, reajustan sus pretensiones por todos las lesiones, daños y perjuicios sufridos a consecuencia del hecho en discusión: BURGOS Emiliano a la suma total de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500) y Z.F. a la suma total de PESOS CUATRO MIL ( $4.000) incluyendo esta última los daños, perjuicios, lucro cesante, por su automóvil FIAT 1600 Berlina- VLU504- Modelo 1971. 2) LA CAJA, sin reconocer hechos ni derechos, y al solo efecto transaccional, se allana a abonar dicho importe, el que será efectivo dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha- siempre y cuando esté cumplido lo establecido en punto 4), en el domicilio de la Sucursal Jujuy de LA CAJA, sito en Güemes 838- San Salvador de Jujuy, de Lunes a Viernes, en...

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