Sentencia nº 75613 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6, 30 de Agosto de 2002

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2002
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6

AUTOS Y VISTOS: El Expte. B-75613/01,caratulado: "PREPARA VIA EJECUTIVA POR FALTA DE PAGO DE ALQUILERES:BASBUS , ERNESTO C/MONTAÑO, L.H.Y.G.S., M.", del que;

RESULTA:

Que a fs.11 se presenta el DR. C.O.Q. en nombre y representación del SR. E.B. a los fines de Preparar la Vía Ejecutiva en contra del SR. L.H.M.Y.M.G.S. , y reserva de las actuaciones en secretaria hasta tanto se adjunte documental que acredite las reparaciones que debieron efectuarse en el inmueble locado y las facturas de los servicios que tuvo que abonar su representado.-Expone como fundamento que su mandante celebró con los demandados un contrato de locación sobre el inmueble ubicado en calle Avda. C.N., 2º Piso, Departamento 56, que la relación locativa se convino por un término de veinticuatro meses computándose el mismo a partir del día 5 de Junio del 2.000 hasta el día 5 de Junio del 2.002.-Que el precio de la locación se pactó en dólares estadounidense U$s350 mensuales como también se estableció el pago de tasas municipales y/o privadas , inclusive el impuesto inmobiliario.-Que la relación locativa se desarrollo con normalidad hasta el mes de Octubre del 2.000, en que los demandados dejaron de pagar no sólo el alquiler sino también las tasas , contribuciones e impuestos.-Que el actor intimó mediante carta documento el pago, y mediante Acta de Rescición de contrato de fecha 2/5/01, queda acreditado que los demandados se retiraron del inmueble , obviamente sin abonar suma alguna.-Que se adeuda a esa fecha la suma de $5.143,19 resultante de la planilla de liquidación que se agrega a fs. 7.-Cita derecho, ofrece prueba.-

A fs. 17 se provee la presentación y se reservan en Secretaria.-

A fs. 24 amplia demanda y agrega documentación.-A fs. 25 se dá el trámite previsto en el art.473 del C.P.C. , inc. 2º.-

Se agrega por cuerda el EXPTE.NºB-73271/01, caratulado:EMBARGO PREVENTIVO .BASBUS, ERNESTO C/ MONTAÑO, L.H.".-

A fs. 34 se hace efectivo el apercibimiento y se libra mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de los demandados por la suma de pesos SEIS MIL NOVENTA Y NUEVE CON 70/100($6.99,75).-

A fs.43, se agrega convenio de pago y piden homologación.-A fs.46 el actor desiste del pedido de homologación por incumplimiento.-

A fs. 67 y 79 se presenta el SR. L.H.M. por sus propios derechos con el patrocinio letrado del DR. F.J.M. y oponen excepción de inhabilidad de título, solicitando el rechazo de la ejecución.-Exponen como fundamento en que dentro del monto demandado se incluyen los rubros de reparaciones de inmueble, dos meses de preaviso y un mes y medio de indemnización.-Que sabido es que las reparaciones y daños del inmueble deben ser reclamados en un proceso de conocimiento, que en fecha 2 de mayo del 2.001 se produce la rescisión contractual recibiendo el propietario las llaves del inmueblesin objetar el estado del mismo, y que la factura obrante a fs. 22 de autos corresponde a un instrumento emanado del propio actor.-Asimismo,plantea excepción de pago parcial, con fundamento en que la parte actora en su demanda, reconoce que su parte habria cancelado los alquileres hasta el mes de Octubre del 2.000 y se han efectuado pagos con posterioridad por la suma de $ 1.840 que la actora no denuncia en esta ejecución.-Desconoce el convenio de pago agregado a fs. 43 por no ser suya la firma obrante.-

A fs. 89 se sustancian las excepciones con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR