Sentencia nº 85377 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 23 de Mayo de 2002

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2002
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B- 85377/02 caratulado:"EJECUTIVO: J.A.L.C.T.M.A." de los que = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = = = = = = = = = = = Que, a fs. 4 se presenta el Dr. J.A.A., por parte y por constituído domicilio legal, en nombre y representación del Sr. J.A.L., a mérito de la Copia de Poder Gral. para juicios que acompaña, a deducir formal demanda ejecutiva en contra de la Sra. T.M.A., persiguiendo el cobro de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA y SEIS ($ 486,00), proveniente del pagaré suscripto por la demandada, cuyo vencimiento operaba en fecha 10/12/01, y que no fuera abonado hasta la fecha. La actora peticiona se libre mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma reclamada, con más sus intereses, gastos y costas. Y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = = = = = = = = = CONSIDERANDO = = = = = = = = = = = = =

= = = Que, citada de remate la parte demandada, no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del plazo previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que la actora ha solicitado en tiempo hábil, los intereses correspondientes desde el vencimiento de cada documento hasta su efectivo pago. - - - - - - - - - - - - - = = = Que oportunamente se ha corrido traslado a la accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes. - - - - = = = Que con respecto a los intereses solicitados por la actora corresponde aplicar la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina, desde el vencimiento de la obligación y hasta su efectivo pago.- - -

= = = Que, en cuanto a las costas, considero de aplicación lo normado en el Art. 102 del C.P.C., que manda imponerla a la vencida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que para la regulación de los honorarios profesionales es de aplicación la jurisprudencia dictada por el S.T.J..- = = = Que, por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = = = = = = = = 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por J.A.L., en contra de T.M.A., hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS SEISCIENTOS OCHENTA y SEIS ($ 486,00) con más los intereses...

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