Sentencia nº 103704 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 14 de Abril de 2004

Fecha de Resolución14 de Abril de 2004
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B-103704/I/04, caratulado: ”INCIDENTE DE NULIDAD DEDUCIDO EN EL EXPTE. Nº B-103704/03: APREMIO: MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY C/ GOMEZ PRIMITIVO”, del que

RESULTA:

Que, a fs. 2/4 vta. se presenta la Sra. C.I.R., por sus propios derechos, con el patrocinio letrado de la Dra. M.V.V. promoviendo incidente de Nulidad de todo lo actuado en el expediente principal arriba individualizado, por haber sido iniciado y tramitado contra una persona ya fallecida, quien fuera el cónyuge de la nulidicente. Acto seguido ofrece pruebas y solicita se haga lugar al incidente planteado, con costas.-

Que, a fs. 5 se corre traslado del incidente al demandado, quien resulta accionante del principal, providencia legalmente notificada.-

Que, a fs. 10 y vta. se presenta el Dr. O.M.B., en nombre y representación de la incidentada, allanándose a la procedencia de la nulidad tentada, y solicitando a su vez se impongan las costas por el orden causado, por los argumentos dados.-

Que, a fs. 11 se tiene por contestado en tiempo y forma el traslado oportunamente conferido, y se llaman autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, y

CONSIDERANDO:

Que, en autos se reclama la nulidad de todo lo actuado en el expediente principal, por haberse iniciado y tramitado el mismo contra una persona fallecida con anterioridad.-

Que, ante tal denuncia documentada la incidentada se allana a la nulidad opuesta, reconociendo su procedencia, pero solicitando se impongan las costas del presente incidente por el orden causado, por considerar que no obstante el vicio de la acción denunciada, la actuación de su parte se ajustó a la normativa legal, en virtud de no constar en los libros pertinentes ninguna novedad que hiciera suponer el mencionado hecho, ni tampoco la baja del vehículo en cuestión a la que hace referencia la incidentista, señalando asimismo que la misma ha tomado conocimiento cierto de la acción atacada desde la primera medida diligenciada, sin que ninguna mención le hiciera al oficial de justicia comisionado, como tampoco lo hizo al tiempo de notificarse de la sentencia dictada en el mismo.-

Que, en definitiva y en virtud de tal allanamiento, al que puede calificarse de incondicional, y por las razones formuladas precedentemente solicita la incidentada se le distribuyan las costas de la presente acción por el orden causado, por haber obrado de buena fe, y sobre datos aportados en autos.-

Que,...

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