Sentencia nº 112051 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 23 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2004
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

S.S. de Jujuy, 23 de noviembre del 2.004.

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B 112.051/03: Caratulado: "S.T.: C.I." de los que,

RESULTA:

Que a fs. 18/19 de autos se presenta la Dra. A.L.A. en representación de C.T.C. solicitando la apertura del juicio testamentario de doña I.C. fallecida en esta ciudad el día 1 de octubre del 2.003.

Que la causante testó confeccionando un testamento ológrafo de su puño y letra, el que quedo reconocido en la audiencia llevada a cabo en este Juzgado y secretaria el dia 9 de septiembre del 2.004.

Que a fs. 32 se declara la apertura del presente juicio testamentario.

Que a fs. 59/88 se agregan constancias de publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local.

Que a fs. 110 se corre vista al Ministerio P.F. quien a fs. 111 se expide, y

CONSIDERANDO:

1- Que el testamento ológrafo confeccionado por doña I.C. se ajusta a las normas de fondo de nuestra legislación civil (arts. 3.639 y ss del Código Civil).

2- Que habiendo sido protocolizado el testamento ológrafo por la Escribana Publica S.C.B. mediante escritura Nº 90 de fecha 04 de noviembre del 2.004 y expedido el Ministerio Público Fiscal declarando la validez del testamento presentado, el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3 de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE:

1- Tener por válido el TESTAMENTO OLOGRAFO otorgado por doña I.C.L.C. Nº 9.631.090 protocolizado mediante Escritura Publica Nº 90 pasada por ante la E.S.C.B., Titular del Registro Nº 15 en fecha cuatro de noviembre del 2.004.

2- Declarar que por disposición testamentaria han sido instituidos como legatarios: la Prelatura de HUMAHUACA, C.A.T.G., O.L.C., AMELIA SULEMA APARICIO de SALOMÓN, C.W.A., E.F.C., ENILDA MERCEDES CACERES, L.T.C., C.T.C., M.A.A. de GAMEZ, J.F.A., I.N. de SALAS, G.A.C., A.M.G., M.C.E.A., S.B.M.C., V.H.C., L.R.B. VIUDA DE APARICIO, A.S. DE TORRES APARICIO, M.E.V.G. y designados albaceas para ejecutar el testamento al Dr. C.W.A. L.E. 3087585 Y EDUARDO FAUSTO CACERES L.E. 7273584. quienes deberán recibirse del cargo en el término de CINCO DIAS.

3- A los fines de la notificación personal de los legatarios instituidos y albaceas deberán las partes en el término de CINCO DIAS informar el domicilio de los mismos.

4- Fijar el día..... del mes de........ del corriente año a horas nueve para que se realice la audiencia prevista por el art. 439 del C.P.C.

5- Hacer cesar la intervención del Ministerio Público Fiscal y dársela a la Dirección general de Rentas.

6-...

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