Sentencia nº 139336 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 24 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

Autos y Vistos: Los del presente Expte.NºB-139336/05, caratulado:"S.: M.H. ó M.A., H.", y

Considerando:Que a fs.11/11vta.,se presenta L.C.R., con el patrocinio letrado del Dr.Rolando H.A.,solicitando la apertura de la sucesión ab-intestato, de D.H.M. ó H.M.A., quién falleció el 19 de diciembre del 2004, en esta ciudad de San Salvador de Jujuy, Dpto.Dr. M.B. de esta provincia de Jujuy.

Que, a fs.19, se declara abierta la sucesión y se ordena la publicación de edictos, los que obran a fs.50/53 los publicados en el diario El Tribuno de Jujuy", y a fs.45/48, los publicados en el "Boletín Oficial".

Que, a fs.27, se tiene por presentado a M.C.M., J.J.C.M., M. delR.C.M., y R.C.C.M., con el patrocinio letrado del Dr. D.D.C..

Que, a fs.63, se fija fecha para la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C.,la que se lleva a cabo a fs.67, con el comparendo de L.C.R., J.J.C.M., R.C.C.M., M. delR.C.M., y M.C.M., todos los nombrados con el patrocinio letrado del Dr. D.D.C., manifestando el citado letrado que con el acta de defunción de fs.84, se acredita el fallecimiento de la causante Sra.Herminia M., que, con los certificados de nacimientos de fs.87/88,81/83,75/77,y 85/86, se acredita el vínculo de M.C.M., J.J.C.M., M.D.R.C.M., y R.C.C.M., con la causante, que en autos se ha ordenado la publicación de edictos los que obran a fs.45/48, y fs.50/53, cuyo plazo otorgado en los mismos ha vencido, sin que se presentarán otros herederos a reclamar derechos, por lo que solicita se dicte la correspondiente declaratoria de herederos a favor de su representada.

Que,el heredero denunciado J.J.C.R.,fue notificado en persona a fs.101, sin que hasta la fecha, el mismo se halla presentado en la presente sucesión.

Que, el Ministerio Público Fiscal, a fs.97, dictamina, a.-Que atento a lo dictaminado por ese Ministerio Fiscal a fs.91, teniendo en cuenta que el pedido efectuado por el presentante a fs. 95, compromete una de las materias tuteladas por el Estado, tales como -estado civil, capacidad legitiman, yorden sucesorio de los herederos, indisponible a las partes y a lo que la doctrina ha dado en llamar "bien juridicamente tutelado por el Estado a fin de que las sucesiones sean legalmente diferidas", (obra consultada H.R.G.C.. curso de Procedimiento Sucesorio 8A Edición Actualizada y Ampliada pág. 141/142). b.-Que, si bien la finalidad de la presente acción es la transmisión de los derechos activos y pasivos que componen la herencia deuna persona muerta,a la lpersona...

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