Sentencia nº 27653 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala IV de Provincia de Jujuy, de 10 de Julio de 2008

Fecha de Resolución10 de Julio de 2008
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala IV

En la ciudad de San Pedro de Jujuy, a los 10 días del mes de Julio de 2008, reunidos los sres. miembros de la Sala IV de la Càmara Civil y Comercial, D.. M.A.M., H.A.B. y A.R.A., bajo la Presidencia de Trámite del primero de los nombrados, vieron el Expte. NºA-27653/05 caratulado:“Ordinario por cumplimiento de contrato e indemnización por daños y perjuicios: G.C. c/ Nor House S.R.L”

El Dr. M.A.M. dijo:

I.-Que, se inicia esta demanda con la presentación efectuada por la actora G.C. (fs.19/23) quien lo hace en nombre propio y con patrocinio letrado del Dr.Roberto A.M., en ese carácter alega que viene por este acto a interponer demanda ordinaria por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios en contra de la razón social Nor House S.R.L. alega el mismo a su favor, que celebró un contrato de compra venta de diferentes electrodomésticos, mediante el pago de $45 dividido en 30 cuotas mensuales, que habiéndose abonado la totalidad de las cuotas y no haberse entregado las cosas se debe hacer lugar a la demanda entablada más el pago de los daños ocasionados. Cita derecho, ofrece pruebas y peticiona.

Que, corrido traslado de la demanda se presentan a fs.35/7, los Sres. N.J.V. y A.O.M. por derecho propio en representación de la firma comercial “Nor-House S.R.L.”, con el patrocinio letrado del Dr. J.R.P. y en ese carácter luego de las negaciones en general, reconocen que existe una relación comercial con la parte actora pero que no se trata de una compra-venta sino de una solicitud de incorporación a título de Capitalización y ahorro, que consiste de pagos de cuotas mensuales y consecutivas hasta la cantidad de 30, que mediante el transcurso de la misma el suscriptor participa de sorteos mensuales por artículos electrodomésticos y que en el caso de salir adjudicados los mismos se los entregan al ganador y dejan de pagar las cuotas.

Reconoce que las solicitudes firmadas con el mismo son la Nº 00000151 y 00000049, que en el caso de no ganar en los sorteos mensuales y al concluir el plan se devuelve el dinero previa deducción de los gastos administrativos.

Que, por ello se libró la carta documento de fs. 34 en la cual se puso a disposición de la misma el monto del dinero no habiéndose podido llegar a acuerdo alguno. Ofrece pruebas y peticiona.

Se efectuaron las audiencias respectivas prescriptas por nuestro ordenamiento legal haciéndose notar que el letrado de la parte demandada no asistió a la audiencia de vista de la causa.

II.-Que,...

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