Sentencia nº 165025 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 26 de Junio de 2008

Fecha de Resolución26 de Junio de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-165.025/07, caratulado: "S.R.F.",

RESULTA :

Que a fs. 6 se presenta la señora A.M.R., DNI.26.285.593 con el patrocinio letrado del Dr. R.V. RAMOS y promueve la apertura del Sucesorio de F.R., L.E.7.286.776, fallecido el 9 de mayo de 2.006, en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B., de esta provincia.

Que a fs.25/28, A.M.R.M. delR.R. Y J.F.R., otorgan poder al Dr. R.V. RAMOS.

Que a fs.7 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.11/18).

Que a fs. 20 se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.30.

Que a fs.40 rola el dictámen del Ministerio Público Fiscal. Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.4 se acredita el fallecimiento de F.R., soltero, L.E.7.286.776, hecho ocurrido el 9 de mayo de 2.006 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.Manuel Belgrano, J..

Que, con los instrumentos de fs.5, 37 y 23, se prueba el vínculo filial de A.M.R., DNI.26.285.593, J.F.R., DNI.21.914.725 y M. delR.R., DNI.17.670.633, con el causante.

Que a fs. 30 rola el acta prevista por el Art. 437 del C.P.C.-

Por todo ello y teniendo presente lo dictaminado por el Ministerio Fiscal,

RESUELVO:

  1. - Declarar que por el fallecimiento de F.R...

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