Sentencia nº 36562 de Tribunal del Trabajo Sala IV de Provincia de Jujuy, de 31 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2008
EmisorTribunal del Trabajo Sala IV

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-36562/08 caratulado:* INCIDENTE DE NULIDAD EN EXPTE. Nº A-34578/07: FERMI, M.R. c/M., J.E., de donde surge que a fs. 8 de autos el Dr. G.B. en su carácter de apoderado legal del Sr. M.R.F. promueve incidente de nulidad de notificación de la demanda practicada en el Expte. Principal.- Manifiesta que la residencia de su conferente en la localidad de Fraile Pintado es al solo efecto laboral y comercial, siendo su verdadero domicilio real el ubicado en calle B. 570, 6to. Piso, D.. B de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- Ofrece pruebas y solicita que oportunamente se haga lugar al mismo, con costas.-

Que habiéndose corrido traslado del incidente interpuesto, a fs.20 comparece el Dr. R.O.Y. en su carácter de apoderado legal de la actora del proceso principal,quien formula formal allanamiento a la demanda promovida, solicitando asimismo eximición de costas.-

Que, atento al allanamiento sin condiciones formulado por el representante legal del actor en el proceso principal, corresponde sin más trámite en consecuencia hacer lugar al Incidente de Nulidad de notificación incoado, disponiendo que la notificación de la demanda articulada al Sr. M.R.F. se practique en el domicilio de calle B. 570, 6to. Piso, D.. B de la ciudad de San Salvador de Jujuy conforme se solicita.-

Que, en virtud del inmediato allanamiento incondicional expresado por la parte actora del proceso principal, disponer la eximición de las costas de este proceso incidental.-

Por todo ello, la Sala IV del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy:

RESUELVE

1) Hacer lugar al Incidente de Nulidad de notificación interpuesto por el Sr. M.R.F..-

2) En consecuencia disponer la notificación de la demanda principal al Sr. M.R.F. en el domicilio de calle B. 570, 6tdo. Piso, D.. B de la ciudad de Salvador de Jujuy.-

3) Hacer lugar a la eximición de las costas del presente incidente a la parte actora del proceso principal.-

4) Costas por el orden causado.- Diferir la regulación de los honorarios hasta tanto existan elementos suficientes para ello.-

5) N., agréguese copia en autos,et.-

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